“La deuda histórica con las mujeres no hace más que aumentar”

Elisabeth Odio Benito es la presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Costarricense, activista infatigable por una justicia de género, jueza y magistrada con una larga trayectoria en la defensa de una justicia internacional. Sin su tesón, el establecimiento de los delitos sexuales como crímenes internacionales imprescriptibles hubiera llegado más tarde. Primero fue jueza del Tribunal Penal Internacional ad hoc para la antigua Yugoslavia (1993-1998) y posteriormente, de la Corte Penal Internacional (2003-2012).

En 2007, Elizabeth Odio Benito, siendo jueza de la Corte Penal Internacional, dijo a LolaMora Producciones:

La humanidad tiene una deuda histórica pendiente con las mujeres. Nuestros cuerpos han sido campos de batalla donde se han librado luchas patriarcales desde siempre, y no hemos sido reconocidas, ni los crímenes contra nosotras ni nosotras como víctimas de crímenes internacionales. (…). Esta corte penal permanente debe ser el corazón de un nuevo sistema de justicia penal internacional que será posible si existe voluntad política internacional.

 

11 años después de la entrevista con LolaMora Producciones, la jueza accedió nuevamente para hacer balance del rol jugado por la CPI en el avance de una justicia de género. La conversación tuvo lugar vía Skype, unos meses antes de ser presidenta electa de la CIDH. La Corte Penal Internacional aún no había emitido ninguna sentencia por violencia sexual como crimen internacional. Desde la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica, éstas fueron sus respuestas.

LolaMora. Elisabeth, usted es una de las juristas que más influencia tuvo en la inclusión de los crímenes sexuales en el Estatuto de Roma, que dio pie al nacimiento de la primera Corte Penal Internacional permanente en la historia. Fue muy activa en lo que se ha llamado el mandato de género de la CPI ¿Qué recuerda de aquéllos primeros años? ¿Qué le hizo volcarse en esta reivindicación de género?

Elisabeth Odio Benito. Yo diría que el trabajo que se realizó en el Tribunal Ad-Hoc para la Ex-Yugoslavia, aquel tribunal que Naciones Unidas creó en el año 1993 después de la Convención Mundial de Derechos Humanos, hizo que conociéramos por primera vez a escala mundial lo que estaba ocurriendo con las mujeres en la guerra de la antigua Yugoslavia; lo conocimos ahí. A pesar de que la prensa internacional lo estaba denunciando desde el principio, desde el año 91. Empezamos a trabajar en noviembre del año 93 y, desde el principio, nos dimos cuenta de que el estatuto del tribunal, tal y como había sido redactado, no nos permitiría incluir, como queríamos, el tratamiento de los crímenes de violencia sexual como crímenes de guerra o como crímenes de lesa humanidad. Entonces éramos solo dos juezas entre 11 jueces, y las dos fuimos elaborando con mucho cuidado la jurisprudencia que luego ayudó a incorporar los crímenes sexuales como crímenes de guerra y de lesa humanidad en el Estatuto de Roma. Cuando en 1998 se discutían en Roma los términos del Estatuto, que crearía la Corte Penal Internacional, logramos incorporar en el capítulo de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, los crímenes de violencia sexual. Por primera vez la violencia sexual contra las mujeres de todas las edades, se consideró un crimen internacional y, por ello mismo, imprescriptible. Paralelamente con la CPI se logró cambiar un paradigma de justicia internacional, al reconocerse los derechos de las víctimas y al incorporar el mandato de género. Fue un fruto enorme de un trabajo enorme por parte de miles de mujeres alrededor del mundo.

 

LolaMora. Hablamos de los años 90, en los pasillos de Naciones Unidas. Y hablamos del Caucus Mundial de mujeres influyendo en la creación de la Corte Penal Internacional. ¿Con quién hizo usted esta lucha en el marco de la justicia? ¿Formaba usted parte de las conversaciones de pasillo con activistas del caucus mundial de mujeres?

Elisabeth Odio Benito. Sí, la jurisprudencia, tanto del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia como del Tribunal para Ruanda, fue siendo conocida, asimilada, estudiada y discutida por las académicas y las activistas de los derechos de las mujeres, entablamos vínculos muy fuertes cooperando desde nuestros respectivos campos, intercambiando información. Muchas de ellas formaban parte de los grupos que apoyaban a las delegaciones de ciertos países que, desde el principio, se mostraron muy favorables y receptivos a introducir en el Estatuto de Roma estos crímenes; y otras formaban parte de esos gobiernos. Había un intercambio muy rico y constante entre académicas, activistas, representantes de gobierno, y entre todas logramos empujar la barca porque no tenía vientos en contra. Bueno, sí había algunos vientos en contra, algunos en realidad muy fuertes. Por ejemplo, todo lo que tenía que ver con las distintas religiones se oponía a que se incorporaran los delitos de violencia sexual, aún hoy en día ciertas religiones siguen siendo un obstáculo muy fuerte para los derechos de las mujeres. Así que, sí, fue un trabajo duro, un trabajo grande, y finalmente se logró el triunfo de incluir esos delitos y se logró también que se incorporara el mandato de género.

 

LM. ¿Cómo llegaron ustedes desde el derecho y la justicia a afirmar que existen crímenes sexuales?,¿Cómo se llega a este concepto de Justicia de género, que nadie antes había acuñado?

EOB. Yo diría que desde hacía años atrás había una serie de académicos y académicas en Europa, Estados Unidos y América Latina que venían estudiando la condición de esa violencia sexual que sufrimos las mujeres en todos los conflictos armados, los nacionales y los internacionales. Sin contar, por supuesto, con que somos víctimas de esta violencia en nuestra vida cotidiana también en tiempos de paz. Pero, concretamente en el marco de los crímenes internacionales, sí se conocía. Por ejemplo, lo que había pasado en la Segunda Guerra Mundial con mujeres de todas las nacionalidades que fueron violadas por todos los ejércitos que participaron en esa guerra y que, sin embargo, no fueron incluidas en el Estatuto de Núremberg ni en los juicios de Núremberg. Había todo un movimiento que venía desde entonces para que esos crímenes no siguieran siendo olvidados. De manera que cuando empezamos a trabajar con el derecho internacional humanitario y con las leyes y costumbres de la guerra y con la Convención contra la Tortura, que era el paraguas jurídico del Tribunal para la antigua Yugoslavia; desde el principio, y con un apoyo muy fuerte de un fiscal como fue Richard Goldstone, fuimos elaborando los elementos que iban a caracterizar estos crímenes. Y así fue como fuimos dictando sentencias que desde el principio fueron incorporando el concepto de crímenes de guerra y de lesa humanidad a los delitos de violencia sexual cometidos en los conflictos armados.

 

LM. Ahora, más de 20 años después y con la CPI en marcha ¿Qué recuerda usted de aquel hito histórico que supuso tipificar los crímenes sexuales como crímenes de guerra, de lesa humanidad y causa de genocidio?

EOB. Yo lo que más recuerdo, y lo recuerdo como algo muy grato, es el esfuerzo y la unión de las mujeres en esos meses, que nos llevaron a obtener la firma del Tratado de Roma. Fue verdaderamente muy emocionante que lográramos continuar con los trabajos que habíamos iniciado en los tribunales ad-hoc, hasta verlos plasmados en el Estatuto de Roma. Y luego todas las ilusiones que pusimos en resultar electas como juezas en la Corte Penal Internacional para hacer realidad ese mandato de género y luchar contra esos crímenes de violencia sexual. Eso es lo que me mantiene la ilusión, la esperanza de que algún día podamos volver a esos días. Porque lo que está ocurriendo actualmente en la Corte Penal Internacional, por decirlo de alguna manera, da vergüenza.

 

LM. Usted formó parte del panel de jueces y juezas de la CPI que juzgó al comandante rebelde de la RD Congo, Thomas Lubanga. Usted trató de que los crímenes sexuales, que se decía habían sido perpetrados por el grupo armado comandado por Lubanga, fuesen parte de los cargos contra él, pero esto no sucedió y Lubanga, fue acusado por reclutamiento de menores y otros crímenes de guerra, pero no por crímenes sexuales. ¿Qué conclusiones sacó usted entonces? ¿Por qué no se dio?

EOB. La vergüenza de lo que ha ocurrido en la Corte Penal Internacional, comienza desde el principio. Empieza muy conscientemente porque el fiscal de entonces de la Corte que era Moreno Ocampo, en sus declaraciones iniciales del juicio contra Thomas Lubanga, el primero acusado de crímenes sexuales en la CPI, habló sin cesar de los crímenes de violencia sexual cometidos contra las niñas y los niños que habían sido reclutados por ese grupo armado dirigido por Lubanga. Y no solo eso, sino que, cuando terminó el juicio, en su discurso de clausura, volvió a hablar de ese tema. Y entonces, ¿cómo te explicas que no incluyera los crímenes de violencia sexual en el acta de acusación? ¿Y que, cuando dos veces tratamos de que se modificaran los hechos para que se incluyeran esos crímenes, la fiscalía se opuso? Es totalmente inaudito y para mí una de las mayores desilusiones que sufrí al darme cuenta de que todo el trabajo que veníamos haciendo corría el riesgo, como acaba de pasar, de ser frustrado por mentalidades totalmente retrógradas y contrarias a los derechos de las mujeres y que ni siquiera han leído bien, porque eso indica el Estatuto de Roma.

 

LM. ¿Qué ha pasado con esas expectativas y esperanzas que en los años 90 pusieron todas las mujeres del Caucus Mundial?, A su juicio, ¿qué ha sucedido y cuáles han sido los obstáculos principales de esta ausencia de justicia de género?

EOB: Yo diría que hay una ignorancia supina, en los gobiernos y en las personas a quiénes los gobiernos proponen como jueces en la Corte Penal Internacional. Hay un deseo de no enterarse, hay un deseo de no querer informarse, hay un deseo de no querer entender de qué se trata. Porque cuando empezamos en la Corte celebramos una buena cantidad de seminarios y de reuniones para analizar los extremos del Estatuto, lo que significaba el mandato de género, lo que significaban los elementos de los crímenes de violencia sexual, y algunos de esos jueces iniciales fueron incorporando en sus sentencias ciertos elementos. La jueza Silvia Steiner, una de las primeras juezas también, fue la que redactó en su totalidad la sentencia contra Jean Pierre Bemba, que era un caso en el que todos los crímenes eran de violencia sexual. Que esa sentencia haya sido denegada completamente en la sala de apelaciones por jueces que nunca entendieron nada, indica que el trabajo sigue muy en pañales. Hay que seguir trabajando para que los gobiernos escojan mucho mejor a las mujeres y hombres que van a ser jueces en la CPI. Es un trabajo que apenas empieza, a pesar de que ya tenemos 20 años.

 LM. Pese a todos los juicios y casos abiertos, no ha habido en estos 20 años una sentencia firme y exclusiva por crímenes sexuales; usted afirma que los estados y los jueces nombrados por esos estados no se quieren enterar, pero ¿por qué no se quieren enterar? ¿Qué ha pasado?

EOB. Bueno ahí ya entraríamos en el ámbito de la psicología, en el ámbito del patriarcado, que sigue siendo la estructura social imperante, en el ámbito de la discriminación de derechos humanos que sufrimos las mujeres, entraríamos en muchos otros campos; y yo diría que cuando hablo de la gente a la que debe proponerse para ir a la Corte, es que han propuesto a gente que procede de las estructuras del derecho penal. Yo no tengo nada contra los penalistas, pero no les vendría nada mal a los penalistas enterarse de que existen los derechos humanos. Y que existen los derechos humanos de las mujeres. Lo único que les interesa a los penalistas son los elementos de los crímenes para aclarar la inocencia, como han hecho hasta ahora, de criminales que han violentado los derechos humanos de sus conciudadanos, y no querer examinarlo desde esta óptica. Desde el principio hubo una sentencia en la sala de apelaciones del juez Pikis (Georghios), donde él claramente llamaba la atención y decía que, en el Estatuto de Roma, los derechos humanos son una de las fuentes de interpretación del Estatuto y que, sin embargo, no lo reconocen como tal. Y, desde entonces hasta ahora, la situación no ha hecho más que empeorar. Quiere decir que falta mucho, mucho, por hacer.

 

LM. Y el hecho de que ahora y desde hace unos años, el cargo de Fiscal General de la Corte lo ocupe una mujer, Fatou Bensouda, ¿ha traído cambios?

EOB. Yo diría que ha habido cambios, pero, no se notan. Es cierto que, al definir la política de la Fiscalía, han incluido siempre la perspectiva de género y han incluido el hecho de que se cometan crímenes de violencia sexual. Pero eso no se refleja en el accionar de la Fiscalía. Cuando se dictó la sentencia de Bemba, la Fiscalía no se personó en la Sala de Apelaciones para reforzar la sentencia. Entonces yo me pregunto: ¿qué están haciendo? ¿De qué lado están?, ¿cómo la justicia penal internacional no entiende que debe establecerse un delicado avance entre los derechos de los acusados, obviamente de los perpetradores, y los derechos de las víctimas? ¿Cómo no se entiende qué clase de crímenes se cometen? Si se analiza con cuidado, no ha ocurrido hasta ahora, y eso es lo que a mí concretamente me ha defraudado mucho en estos años.

 

LM. Es decir, que para usted existe una absoluta incomprensión de los crímenes sexuales entendidos como parte de un problema estructural de una sociedad patriarcal.

EOB. Yo no lo podría haber dicho mejor. Eso es lo que está pasando.

LM. Porque en casos como el de Jean Pierre Bemba llama la atención que la línea de mando no haya sido castigada, es decir que haya quedado claro que la violencia sexual en el caso de la RD Congo haya sido utilizada como arma de guerra. ¿Realmente usted piensa que sigue habiendo incomprensión respecto a que la violencia sexual se utiliza como un arma de guerra?

EOB: Totalmente, totalmente. Y cuando además se destrozó la sentencia contra Bemba en la sala de apelaciones, de paso destrozaron el Artículo 28 del Estatuto de Roma que responsabiliza a los máximos dirigentes políticos de un crimen. Y esto tiene que ver con el derecho penal. Si al derecho penal le interesa que Fulanito sea el autor directo y material de la violación, no vamos a lograr nada. Porque Fulanito violará en cinco días a 15 mujeres. Pero cuando llegue la orden, cuando llegue la negligencia, cuando llegue la negativa de pagar la acción por parte de los responsables políticos, como ocurre con el caso de las mujeres confort en Japón, ellos son los responsables, y eso es lo que en la actualidad la Corte ha ignorado completamente. Y ésa es una ignorancia criminal.

 

LM. Hace 11 años, durante nuestra entrevista en la sede de la CPI, en La Haya, usted dijo que existía una deuda histórica con las mujeres y que la CPI era un primer paso para saldar esa deuda. ¿Cómo califica esa deuda hoy? ¿Cuál es esa deuda exactamente? ¿Quién tiene una deuda con las mujeres víctimas de violencia?

EOB. La deuda no ha hecho más que aumentar. Lamentablemente no hay una sola sentencia que haya hecho la Corte, no hay una sola decisión emanada de la Corte, que haya hecho alguna contribución para saldar esa deuda. Cuando yo redacté mi voto disidente en el caso de Thomas Lubanga, me empeñé en establecer que tal vez la violencia sexual que sufren las niñas en la guerra tiene un impacto diferencial del que sufren los niños. Que no quiere decir que los niños no sean víctimas, que lo son también, pero el impacto sobre unos y otras es diferente. Eso es una perspectiva de género. Pero eso solamente en ese voto sagrado existe. Porque no se ha querido, no se ha podido, no se ha sabido cuál es exactamente el espíritu del Estatuto de Roma en esta materia. No solo consiste en que los perpetradores sean llevados a juicio y sean declarados culpables cuando lo son, para acabar así con la impunidad, sino que también se ha desconocido la responsabilidad de los superiores; también se ha desconocido el contexto de una violencia sexual, que siempre hemos sufrido y seguimos sufriendo las mujeres en todo el sistema patriarcal. Hemos avanzado poco y, a veces, avanzamos un poco para volvernos hacia atrás. Es difícil. A veces, como me decía una vez la profesora Christine Chinkin, nos sentimos como Sísifo, que lanza la piedra para arriba y luego vuelve a caer y tenemos que volver a empezar. Pero, lo que tenemos que hacer es seguir insistiendo en subir la piedra. 

 

LM. ¿Cómo calificaría entonces hoy, en una palabra, el desempeño de la CPI en ese mandato de género que establece el Estatuto de Roma?

EOB. Absolutamente fatal.

 

LM. Forma usted parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde hace unos años, ¿Cuál es el balance del mandato de género de la Corte regional?, ¿Es diferente al de la CPI?

EOB. Es otra cosa completamente diferente. La Corte Interamericana de DDHH, desde el año 2006, viene introduciendo el análisis de género en las violaciones de derechos humanos que sufren las mujeres en nuestro continente por las violaciones que hacen los estados de sus obligaciones. Es una experiencia muy rica que ha derivado en una influencia en las legislaciones nacionales. Porque la CIDH no es superior a las Cortes nacionales, es complementaria como la CPI. Pero existe el Control de Convencionalidad que hace que en las cortes nacionales se van introduciendo la jurisprudencia de la CIDH. Además en esta Corte hay un elemento que a mí me motiva muchísimo, y es que todo se hace en función de las víctimas, es decir, lo que trabajamos, los casos que analizamos, todo lo que es el capítulo de reparaciones, está en función de las víctimas. Y eso ha hecho una diferencia importantísima en la vida de muchos seres humanos de nuestro continente y sobre todo de muchas mujeres. 

 

LM. ¿Cuál es para usted el reto más grande que existe hoy en lo referente a Justicia y Mujeres?

EOB. Yo diría que tenemos que trabajar mucho con los gobiernos, con los Estados partes de la CPI sobre a quiénes eligen jueces de la Corte. Creo que es muy importante y creo que la sociedad civil tiene que volverse a organizar para plantear que las personas que sean candidatos para la CPI, reúnan los requisitos que un estatuto como el de Roma demanda, en cuanto a conocimiento de mandato de género; en cuanto al conocimiento de los elementos de los crímenes de guerra y de lesa humanidad en materia de violencia sexual y en cuanto a los derechos de las víctimas. Es para mí el trabajo más grande que tenemos por delante en la comunidad internacional.



LolaMora Producciones. Y usted, ¿En qué centra sus esfuerzos en estos momentos? ¿A qué le apuesta, en el plano de la justicia?

Elizabeth Odio Benito. Yo estoy aquí en la CIDH y aquí trabajamos muchísimo en las sentencias que damos, en las opiniones consultivas, en los seminarios que damos… y en eso estoy concentrada, en mejorar la justicia regional de nuestro continente.